Limitaciones a la autonomía de las entidades territoriales impuestas por la jurisprudencia en materia de impuesto de alumbrado público
El impuesto de alumbrado público en Colombia fue incorporado a nuestro ordenamiento jurídico por la ley 97 de 1913. Ni la ley 97 de 1913 ni ningún otro acto del Congreso ha regulado de manera explícita los elementos esenciales de dicho tributo. En virtud de ese vacío legal, el papel de la jurisprude...
Autor Principal: | Liévano Uribe, Daniela |
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Otros Autores: | Nossa Lesmes, Andrés |
Formato: | Trabajo de grado |
Publicado: |
Pontificia Universidad Javeriana
2018
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Materias: | |
Acceso en línea: |
http://hdl.handle.net/10554/34480 |
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Sumario: |
El impuesto de alumbrado público en Colombia fue incorporado a nuestro ordenamiento jurídico por la ley 97 de 1913. Ni la ley 97 de 1913 ni ningún otro acto del Congreso ha regulado de manera explícita los elementos esenciales de dicho tributo. En virtud de ese vacío legal, el papel de la jurisprudencia con respecto al impuesto de alumbrado público ha sido crucial, debido a que se ha encargado de establecer los limites a los que se deben atener las entidades territoriales en relación con este tributo para asegurar la prevalencia de nuestro ordenamiento jurídico. El propósito de este trabajo es desarrollar los criterios jurisprudenciales mencionados y evidenciar los problemas que ha traído en la práctica el impuesto de alumbrado público. |
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