Prohibición al asegurado de reconocer su responsabilidad y realizar acuerdos con el tercero en el seguro de responsabilidad civil

En el seguro de responsabilidad civil se prohibe al asegurado reconocer su responsabilidad y efectuar acuerdos con el tercero afectado por el siniestro, frente a lo cual la legislación no se pronuncia expresamente y en la práctica colombiana se ha establecido la pérdida del derecho a la indemnizació...

Descripción completa

Autor Principal: Correa Valenzuela, Gustavo Andrés
Formato: bachelorThesis
Publicado: Pontificia Universidad Javeriana 2015
Materias:
Acceso en línea: http://hdl.handle.net/10554/16740
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Sumario: En el seguro de responsabilidad civil se prohibe al asegurado reconocer su responsabilidad y efectuar acuerdos con el tercero afectado por el siniestro, frente a lo cual la legislación no se pronuncia expresamente y en la práctica colombiana se ha establecido la pérdida del derecho a la indemnización como consecuencia jurídica del incumplimineto de dicha obligación. En este ensayo se hace un análisis de la naturaleza y objeto de la prohibición con el fin de determinar cuál es la consecuencia jurídica adecuada para su incumplimiento proponiendo que esta es la contemplada en el artículo 1073 del Código de Comercio.