Interpretación del artículo 5.3 del reglamento (CE) Bruselas I según los fines y principios de la competencia judicial civil internacional para los daños ambientales

Este trabajo analiza la doctrina y jurisprudencia del artículo 5.3 del Reglamento 44/2001 Bruselas I sobre jurisdicción, reconocimiento y cumplimiento de sentencias en materia civil y comercial. La perspectiva del análisis aborda el caso de la víctima civil, cuyo daño está asociado a un daño ambient...

Descripción completa

Autor Principal: Moscoso Restovic, Pia M.
Formato: info:eu-repo/semantics/article
Idioma: spa
Publicado: Editorial Pontificia Universidad Javeriana y Facultad de Ciencias Jurídicas 2012
Materias:
Acceso en línea: http://revistas.javeriana.edu.co/index.php/internationallaw/article/view/13725
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Sumario: Este trabajo analiza la doctrina y jurisprudencia del artículo 5.3 del Reglamento 44/2001 Bruselas I sobre jurisdicción, reconocimiento y cumplimiento de sentencias en materia civil y comercial. La perspectiva del análisis aborda el caso de la víctima civil, cuyo daño está asociado a un daño ambiental. El principal problema de la víctima civil por daño ambiental consiste en pagar los costes de la litigación internacional. Esto ocurre cuando opera una interpretación tradicional del artículo 5.3 del Reglamento Bruselas I, casi en exclusivo beneficio del demandado. Así, resulta que la víctima civil de un daño ambiental suele ser considerada víctima indirecta. Este trabajo desvirtúa el esquema clásico de interpretación, utilizando principios y argumentos del Derecho Internacional Público Comunitario e Internacional de los Derechos Humanos. Finalmente, la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea permite abrir un nuevo camino de interpretación.