COMPETENCIAS DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO DE LA REPÚBLICA EN EL RÉGIMEN CAMBIARIO: UN NUEVO ENFOQUE CONSTITUCIONAL

Con la entrada en vigencia de la Constitución Política de Colombia de 1991, el régimen económico y de la hacienda pública del país tomó una configuración diferente, por ende, se debe partir de nuevos parámetros para su estudio. Este artículo,intenta definir o por lo menos visualizar las causas y los...

Descripción completa

Autor Principal: Gómez Pinto, Luis Ricardo; Alcaldía Mayor de Bogotá
Formato: info:eu-repo/semantics/article
Idioma: spa
Publicado: Pontificia Universidad Javeriana 2006
Materias:
Acceso en línea: http://revistas.javeriana.edu.co/index.php/vnijuri/article/view/14632
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Sumario: Con la entrada en vigencia de la Constitución Política de Colombia de 1991, el régimen económico y de la hacienda pública del país tomó una configuración diferente, por ende, se debe partir de nuevos parámetros para su estudio. Este artículo,intenta definir o por lo menos visualizar las causas y los efectos que la nueva normativa aportó y su relación con las fuerzas de la economía, en especial, con las competencias reglamentarias y reguladoras (conceptos similares, pero no iguales competencias) de la Junta Directiva del Banco de la República. Esto, desde la perspectiva especializada de la actividad cambiaria, pero que a modo analógico (partiendo de la Ley 31 de 1992 y de la teoría constitucional de las leyes generales) resulta interpretable y aplicable para el resto de competencias asignadas a la Banca Central en el Estado colombiano.