Mínimo vital y debido proceso administrativo en reconocimiento de la pensión de sobreviviente en parejas homosexuales
El derecho al mínimo vital representa un conjunto de garantías materiales que son necesarias para el pleno goce de la dignidad humana y la calidad de vida. En ese sentido, cuando en el reconocimiento de la pensión de sobreviviente en parejas homosexuales, se viola el debido proceso administrativo al...
Autor Principal: | Risueño Maya, Luisa Fernanda |
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Otros Autores: | Salgado Jaramillo, Martha Isabel |
Formato: | info:eu-repo/semantics/article |
Idioma: | spa |
Publicado: |
Universidad de San Buenaventura - Cali
2017
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Materias: | |
Acceso en línea: |
http://hdl.handle.net/10819/4968 |
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Sumario: |
El derecho al mínimo vital representa un conjunto de garantías materiales que son necesarias para el pleno goce de la dignidad humana y la calidad de vida. En ese sentido, cuando en el reconocimiento de la pensión de sobreviviente en parejas homosexuales, se viola el debido proceso administrativo al imponer “trabas injustificadas” a los solicitantes, se violan una serie derechos fundamentales que son conexos a la seguridad social, entre ellos el mínimo vital, dado que las mesadas constituyen el único o principal ingreso de los beneficiarios que solicitan el reconocimiento de la pensión. Ante lo cual, como resultado de esta investigación, se pudo evidenciar que a través de la jurisprudencia emanada de la Corte Constitucional, de lo dispuesto en la norma superior y de mecanismos como la acción de tutela, se protege el derecho al mínimo vital tanto de manera directa como en conexidad con el derecho a la pensión y el derecho a la seguridad social. |
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