Eficiencia del comité de conciliación de defensa jurídica de la alcaldía de Villavicencio en etapa prejudicial

El Estado Colombiano como garante de los derechos de sus asociados y promulgados por nuestra Carta Magna, ha tenido a lo largo de su desarrollo que afrontar diferentes situaciones en las que se ha visto la interferencia de los agentes estatales, en actos, hechos, operaciones u omisiones por medio de...

Descripción completa

Autor Principal: Pérez Jiménez, Yina Marcela
Formato: Trabajo de grado
Idioma: spa
Publicado: Universidad Santo Tomás 2018
Materias:
Acceso en línea: Pérez Jiménez, Y. (2014). Eficiencia del comité de conciliación de defensa jurídica de la alcaldía de Villavicencio en etapa prejudicial. Villavicencio, Meta, Colombia: Facultad de Derecho, Especialización en Derecho Administrativo, Universidad Santo Tomás.
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Sumario: El Estado Colombiano como garante de los derechos de sus asociados y promulgados por nuestra Carta Magna, ha tenido a lo largo de su desarrollo que afrontar diferentes situaciones en las que se ha visto la interferencia de los agentes estatales, en actos, hechos, operaciones u omisiones por medio de los cuales se indilga al propio Estado una responsabilidad para con los ciudadanos, lo que arroja un impacto negativo al patrimonio del mismo, teniendo en cuenta que la indemnización que proyecta los tipos de procesos adelantados siempre se va a traducir en dinero. La Conciliación en Colombia ha tenido una evolución jurídica de acuerdo al dinamismo social, creándose diferentes leyes que han regulado la materia, en materia de lo Contencioso Administrativo, se instauro la Conciliación como requisito de procedibildiad en los asuntos contenidos en los artículos 138, 140 y 142 de la Ley 1437 de 2011, teniendo en cuenta lo anterior se desarrolló el tema de este articulo haciendo una evaluación comparativa de los años 2012 y 2013, entre los asuntos conciliados y los fallos dictados contra el Municipio de Villavicencio, determinando que no hay una eficacia en lo desarrollado por la Instancia Administrativa como se ha definido al Comité de Conciliación de la Alcaldía de Villavicencio según el decreto 1716 de 2009, así mismo de acuerdo a la información recopilada se determinó que no hay un ejercicio efectivo de la acción de Repetición consagrada en el artículo 72 de la ley 678 de 2001.