Nueva Causal de Responsabilidad Extracontractual del Estado por la Actividad Judicial en Colombia
¿Debería el Estado colombiano indemnizar los perjuicios materiales y morales que sufren las personas que padecen el rigor de un proceso penal, a quienes se les niega cualquier reparación con el argumento anacrónico de que, como ciudadanos, deben soportar esa carga pública? En esta investigación se...
Autor Principal: | Vergara Mellado, Ariel De Jesus |
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Otros Autores: | Benitez Acevedo, Edgar Santiago, Alarcon, Pedro Mario |
Formato: | Formación de Recurso Humano para la Ctel: Trabajo de especialización |
Idioma: | spa |
Publicado: |
Universidad Santo Tomás
2018
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Materias: | |
Acceso en línea: |
Vergara Mellado Ariel De Jesus, Benitez Acevedo Edgar Santiago, Alarcón Pedro Mario. (2018). Nueva causal de responsabilidad extracontractual del estado por la actividad judicial en Colombia |
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Sumario: |
¿Debería el Estado colombiano indemnizar los perjuicios materiales y morales que sufren las personas que padecen el rigor de un proceso penal, a quienes se les niega cualquier reparación con el argumento anacrónico de que, como ciudadanos, deben soportar esa carga pública?
En esta investigación se utilizarán de manera combinada los métodos analítico y comparativo, pues se propone estudiar, ponderar y comparar la jurisprudencia y la doctrina que trata los temas del daño antijurídico, el exceso en las cargas públicas y la responsabilidad administrativa extracontractual del Estado, para establecer si esa restricción que trae la Ley 270 de 1996 en su artículo 65 se ajusta a la filosofía de la
Constitución Política, en su artículo 90, que ordena de manera general indemnizar todo daño antijurídico que cause el Estado.
El objetivo es constatar si los ciudadanos que han padecido el rigor del proceso penal de manera injusta, esto es, por hechos que no han cometido o por delitos que no han ocurrido, efectivamente deben soportar esa carga pública por el hecho de no haber sido encarcelados, o si por el contrario, por vía jurisprudencial o mediante reforma legal, el Estado acepte la responsabilidad administrativa y ordene indemnizar de conformidad con el artículo 90 de la Carta Política por haber sufrido estas personas un daño antijurídico.
El Estado colombiano, en cumplimiento del artículo 90 de la Carta Política, debe indemnizar a toda persona que, de manera injusta haya sufrido un procesamiento penal y que como consecuencia de este haya sufrido perjuicios materiales y morales, precisamente porque ese daño no solo es antijurídico sino también especial, anormal e injusto y por ello sería su deber incorporar al artículo 65 de la Ley 270 de 1996 una nueva causal de responsabilidad administrativa por actividad judicial denominada procesamiento penal injusto. |
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