Análisis Jurisprudencial Sentencia Responsabilidad del Estado por Negligencia en Posición de Garante Frente a Detenidos 

La responsabilidad extracontractual a contrario de lo que sucede en el caso de la responsabilidad contractual, tiene lugar cuando entre la víctima del daño y el autor no existe vínculo anterior alguno, o que aun existiendo tal vínculo, el daño que sufre la víctima no proviene de dicha relación anter...

Descripción completa

Autor Principal: Villanueva Marin, Juan Camilo
Formato: info:eu-repo/semantics/bachelorThesis
Idioma: spa
Publicado: Universidad Santo Tomás 2016
Materias:
Acceso en línea: https://hdl.handle.net/11634/1507
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Sumario: La responsabilidad extracontractual a contrario de lo que sucede en el caso de la responsabilidad contractual, tiene lugar cuando entre la víctima del daño y el autor no existe vínculo anterior alguno, o que aun existiendo tal vínculo, el daño que sufre la víctima no proviene de dicha relación anterior sino de otra circunstancia, por lo que el autor está obligado a indemnizar a la víctima de un perjuicio que no proviene de un vínculo jurídico previo entre las partes. Este tipo de responsabilidad adquiere una dimensión especial cuando es el Estado causa el daño a través de sus agentes. En este sentido el Estado puede ser declarado responsable extracontractualmente, sin embargo esto no ha sido siempre asì. La evolución de la responsabilidad extracontractual del estado va desde la total responsabilidad del estado hasta una verdadera teoría estructurada de responsabilidad desarrollada por la jurisprudencia dentro de la jurisdicción administrativa. Por esta razón el estudio del tema nunca será superfluo ni acabado, mas en un país como Colombia donde el sistema institucional es tan permeado por la corrupción y el clientelismo permitiendo que los agentes del Estado atropeyellen a la ciudadanía. En razón a lo anterior se desarrolla el presente trabajo con ocasión al análisis jurisprudencial de la Sentencia del Consejo de Estado de fecha 20 de febrero de 2008 en el expediente con radicado 76001-23-25-000-1996-04058-01(16996), donde se resuelve acción de reparación directa interpuesta por la señora María Delfa Castañeda y otros.