Solidaridad de las empresas de servicios públicos con las víctimas del desplazamiento forzado

La constitución nacional establece como principio del Estado Social de Derecho, la solidaridad con todos y cada uno de los que conforman la sociedad colombiana, principio que recae en cabeza del Estado, por ser un fin mismo de su esencia y función, quien es el que debe propender por garantizarlo en...

Descripción completa

Autor Principal: Bermúdez Londoño, Paula Andrea
Otros Autores: Borraez Jaramillo, María Lorena, Moreno Ortiz, Natalia
Formato: Formación de Recurso Humano para la Ctel: Trabajo de grado de pregrado
Idioma: spa
Publicado: Universidad Santo Tomás 2019
Materias:
Acceso en línea: Bermúdez, P; Borraez, M & Moreno, N. (2018). Solidaridad de las empresas de servicios públicos con las víctimas del desplazamiento forzado. Trabajo de grado de Especialización en Derecho Administrativo. Universidad Santo Tomás, Villavicencio
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Sumario: La constitución nacional establece como principio del Estado Social de Derecho, la solidaridad con todos y cada uno de los que conforman la sociedad colombiana, principio que recae en cabeza del Estado, por ser un fin mismo de su esencia y función, quien es el que debe propender por garantizarlo en todas las esferas de los poderes públicos. A raíz del conflicto armado interno millones de víctimas del desplazamiento forzado fueron despojados de sus bienes, sin embargo, mediante leyes como la 1448 de 2011 (ley de víctimas) y como consecuencia de la firma de los acuerdos de paz, se ha propendido por reparar el daño a las víctimas, devolviéndoles en muchas ocasiones los terrenos y viviendas de las cuales fueron obligados a salir. A pesar de lo anterior, las víctimas del desplazamiento se encuentran con deudas altísimas de las empresas prestadora de servicios públicos por el tiempo en el que no estuvieron en sus viviendas y aunque la ley 1448 de 2011 establece que se debe realizar condonación de las mismas, la ley de servicios públicos domiciliarios, ley 142 de 1994, determina que no puede haber exención del pago de servicios públicos, por lo que la única alternativa con la que cuentan es acudir a los jueces constitucionales mediante la acción de tutela, para que con fundamento en el principio de solidaridad se determine la condonación de las deudas.