Competencia “ratione temporis” para el ejercicio de la cláusula de caducidad

Una de las cláusulas excepcionales al derecho común que mayor importancia reviste en el ámbito de los contratos del Estado, es la de caducidad. La caducidad tiene la virtualidad de terminar o extinguir de manera anormal el negocio jurídico estatal con algunas consecuencias relevantes desde el punto...

Descripción completa

Autor Principal: Montero Betancur, Daniel
Formato: info:eu-repo/semantics/masterThesis
Idioma: spa
Publicado: Universidad Santo Tomás 2017
Materias:
Acceso en línea: https://hdl.handle.net/11634/1835
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Sumario: Una de las cláusulas excepcionales al derecho común que mayor importancia reviste en el ámbito de los contratos del Estado, es la de caducidad. La caducidad tiene la virtualidad de terminar o extinguir de manera anormal el negocio jurídico estatal con algunas consecuencias relevantes desde el punto de vista jurídico; sin embargo, en algunas ocasiones el estudio de la caducidad administrativa se ha efectuado a partir de las consecuencias jurídicas y no del sustrato o contenido esencial de la institución. Así se ve reflejado en la jurisprudencia patria y en los estudios realizados a nivel doctrinario. Lo anterior ha tenido una importante repercusión en la aplicación práctica de la figura, sencillamente, porque, si el análisis se reduce a la consecuencia sancionatoria que su declaración conlleva, se distorsiona la finalidad que persigue el ordenamiento jurídico colombiano al instituir la figura. En efecto, no puede guardar simetría el análisis de una figura de contenido estrictamente sancionatorio con el de una figura cuya finalidad es la terminación de la relación negocial ante el incumplimiento cualificado de las obligaciones a cargo del contratista de la administración.