Análisis jurisprudencial de las sentencias 005001-23-33-000-2013-01240-01 (ACU) y 08001-23-33-000-2013-00310-01 (ACU) en materia de formalidad de la constitución en renuencia en acciones de cumplimiento. 

Con la entrada en vigencia de la Constitución de 1991, se abre un nuevo paradigma no solo en la ampliación de mecanismos de participación ciudadana a través de herramientas como el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular entre otras; sino además de abre un importante abanico en materi...

Descripción completa

Autor Principal: Holguín Tobos, María Angélica
Otros Autores: Dallos Argumedo, Oscar Antonio
Formato: info:eu-repo/semantics/bachelorThesis
Idioma: spa
Publicado: Universidad Santo Tomás 2017
Materias:
Acceso en línea: https://hdl.handle.net/11634/2138
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Sumario: Con la entrada en vigencia de la Constitución de 1991, se abre un nuevo paradigma no solo en la ampliación de mecanismos de participación ciudadana a través de herramientas como el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular entre otras; sino además de abre un importante abanico en materia de herramientas de protección y defensa de derechos fundamentales y colectivos. Una de estas herramientas es la acción de cumplimiento, consagrada en el Artículo 87 de la Carta Fundamental, y que tiene por objeto según Younes Moreno, D. (2014): “brindarle al particular la oportunidad de exigir de las autoridades la realización del deber omitido, a través de una facultad radicada en la cabeza de todos los individuos (…) (pág. 241).