De la coexistencia de la cosa juzgada nacional y la cosa juzgada internacional: reparación de graves violaciones de derechos humanos

La Declaración Universal de los Derechos Humanos contempla como principio general que todos los pueblos y naciones deben esforzarse en promover el respeto a los derechos y libertades contempladas en la Carta de las Naciones Unidas (1945), y que así mismo aseguren, por medidas progresivas de carácter...

Descripción completa

Autor Principal: Gutiérrez Ramírez, Alejandro
Formato: info:eu-repo/semantics/masterThesis
Idioma: spa
Publicado: Universidad Santo Tomás 2017
Materias:
Acceso en línea: https://hdl.handle.net/11634/2224
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Sumario: La Declaración Universal de los Derechos Humanos contempla como principio general que todos los pueblos y naciones deben esforzarse en promover el respeto a los derechos y libertades contempladas en la Carta de las Naciones Unidas (1945), y que así mismo aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectiva. Bajo este fundamento universal se ha concebido la protección interna por cada Estado de los derechos humanos, contemplando medidas locales de prevención, así como procedimientos y mecanismos posteriores de reparación, en el evento en que se genere una violación a las obligaciones derivadas del derecho internacional de los derechos humanos.