Modelo contractual laboral, bajo el marco normativo del derecho administrativo.

En el desglose de este contenido, se toma como argumento el factor de los sistemas o modelos contractuales laborales de los empleados de empresas y organizaciones en el municipio de Valledupar, dando observancia a los elementos normativo desde la perspectiva del derecho administrativo, a fin de ente...

Descripción completa

Autor Principal: Arias Montero, Sirley Matilde
Formato: info:eu-repo/semantics/bachelorThesis
Idioma: spa
Publicado: Universidad Santo Tomás 2017
Materias:
Acceso en línea: https://hdl.handle.net/11634/2234
Etiquetas: Agregar Etiqueta
Sin Etiquetas, Sea el primero en etiquetar este registro!
Sumario: En el desglose de este contenido, se toma como argumento el factor de los sistemas o modelos contractuales laborales de los empleados de empresas y organizaciones en el municipio de Valledupar, dando observancia a los elementos normativo desde la perspectiva del derecho administrativo, a fin de entender cuáles son las acciones que ejecutan los empleadores en consecuencia de la retribución salarial, prestaciones, seguridad en el trabajo y las condiciones a las que someten a su capital humano en busca del cumplimiento del objeto social, pues existe una problemática, que en muchos casos es vulneradora de los derechos de los trabajadores en cuanto a la luz de legislaciones internacionales y lo contemplado en las convenciones de la Organización Internacional del Trabajo; si bien, existen modelos de vinculación contractual que someten al empleado a desarrollar sub-tareas no conexas a sus actividades, además muchas empresa someten a la intermitencia, o a periodos de términos fijos que sirven para subvertir las normas que aseguran el futuro pensional del trabajador. El interés es analizar detalladamente cuales son los elementos de juicio que tienen los inversionistas, empresarios e industriales, para no asegurar un buen conjunto de términos que motiven al elemento humano a ser partícipe de sus ganancias, en base a la condición socioeconómica y no en cuanto a la fijación de remuneraciones irrisorias que convierten a la mano de obra en un sujeto que supervive para mantener activo el capital patrimonial de quienes pareciere le hacen un favor de contratarlo sea periódicamente o en un término indefinido sin que sea acreedor de prebendas de parte de su patrono.