IMPORTANCIA DEL PRINCIPIO DE SELECCIÓN OBJETIVA DEL CONTRATISTA EN EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA EN COLOMBIA.

En el régimen de contratación estatal colombiano (Ley 80 de 1993 y Decreto 1150 de 2007), se establece que las entidades estatales deberán seleccionar los contratistas bajo las modalidades de Licitación Pública, Selección Abreviada, Concurso de Méritos y Contratación Directa; aplicando los principio...

Descripción completa

Autor Principal: Mantilla-Pallares, Carlos Mauricio
Formato: info:eu-repo/semantics/article
Idioma: spa
Publicado: Universidad Santo Tomas de Aquino Seccional Tunja 2015
Materias:
Acceso en línea: http://revistas.ustatunja.edu.co/index.php/piuris/article/view/946
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Sumario: En el régimen de contratación estatal colombiano (Ley 80 de 1993 y Decreto 1150 de 2007), se establece que las entidades estatales deberán seleccionar los contratistas bajo las modalidades de Licitación Pública, Selección Abreviada, Concurso de Méritos y Contratación Directa; aplicando los principios de transparencia, economía, responsabilidad, selección objetiva, buena fe, planeación, publicidad e igualdad, con el objeto de cumplir los fines propios de la Contratación Estatal. La aplicación de los principios en materia contractual va más allá de la mera selección objetiva del contratista, es decir, los principios generales del derecho, los que hagan parte de la Constitución o de una ley, han de ser apreciados en todas las etapas de la contratación estatal y no solo en el momento de la selección del contratista. Es decir que, postulados como la buena fe, la prevalencia del interés general, el debido proceso, la transparencia y la responsabilidad, entre otros, deben ser desplegados en cada una de las etapas del trámite contractual.