JUDICIALIZACION DIRECTA DE LOS DERECHOS SOCIALES, ECONOMICOS Y CULTURALES: UNA ASPIRACIÓN
La Constitución de 1991 incorporó además de los derechos fundamentales, los derechos sociales, económicos y culturales, sin embargo esto no es suficiente si no se logra que sean judicializados directamente, reconociendo la indivisibilidad de todos los derechos necesarios e importantísimos para una v...
Autor Principal: | Ballena, Gabriel Angel |
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Formato: | info:eu-repo/semantics/article |
Idioma: | spa |
Publicado: |
Universidad Santo Tomas de Aquino Seccional Tunja
2013
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Materias: | |
Acceso en línea: |
http://revistas.ustatunja.edu.co/index.php/piuris/article/view/802 |
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Sumario: |
La Constitución de 1991 incorporó además de los derechos fundamentales, los derechos sociales, económicos y culturales, sin embargo esto no es suficiente si no se logra que sean judicializados directamente, reconociendo la indivisibilidad de todos los derechos necesarios e importantísimos para una vida digna. Judicialización equivale a reconocimiento, a materialización de las aspiraciones mínimas de todo ciudadano e igualdad y justicia material.Se presenta en el trabajo un aspecto histórico de los derechos fundamentales y sociales, estableciendo una argumentación construida desde la doctrinaria y la jurisprudencia sobre la indivisibilidad de los mismos y la consecuencia de ello en la judicialización directa de los derechos prestacionales ante el juez de tutela, desprendido del argumento económico o escases de los recursos del Estado para hacerlos efectivos. |
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