Gestión del suelo en Bogotá y déficit habitacional en vivienda de interés social

El concepto de hábitat se incluyó por primera vez en la Conferencia de Estocolmo sobre Medio Ambiente Humano (ONU, 1972), posteriormente en las cumbres mundiales de Hábitat I y II (Vancouver, 1976 y Estambul, 1996), se reconoció el derecho a la vivienda digna en asentamientos humanos sustentables...

Descripción completa

Autor Principal: Leyva Rolón, Sandra Johanna
Otros Autores: Forero Castañeda, Jorge Fernando
Formato: info:eu-repo/semantics/masterThesis
Idioma: spa
Publicado: Universidad Santo Tomás 2017
Materias:
Acceso en línea: http://hdl.handle.net/11634/9438
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Sumario: El concepto de hábitat se incluyó por primera vez en la Conferencia de Estocolmo sobre Medio Ambiente Humano (ONU, 1972), posteriormente en las cumbres mundiales de Hábitat I y II (Vancouver, 1976 y Estambul, 1996), se reconoció el derecho a la vivienda digna en asentamientos humanos sustentables, incluyendo el reconocimiento de la tenencia y la infraestructura de servicios, además de las condiciones adecuadas del entorno y la movilidad. En diversos foros mundiales1 se plantearon los aspectos relacionados con el derecho a la ciudad en condiciones de ambiente sano, equidad y justicia social, teniendo en cuenta el acceso al espacio público, el desarrollo urbano sustentable y equitativo, la convivencia y seguridad, la asociación y participación decisoria, la transparencia e información, y el derecho al trabajo y respaldo económico. En general se establece que los problemas de la ciudad se relacionan con la gestión y eficiencia de las políticas públicas, la configuración de espacios territoriales y los procesos de participación ciudadana, entre otros.