La afectación de la potestad tributaria y de los principios de legalidad y reserva de ley, a partir de la interpretación normativa del Tribunal Constitucional que otorga ultractivamente beneficios tributarios a las universidades particulares
El Estado necesita de dinero para poder desarrollar sus actividades y así satisfacer las necesidades de la población; gran parte de este dinero se obtiene mediante la recaudación de impuestos; es por eso que la potestad tributaria a diferencias de otras potestades solo puede ser ejercida por el pode...
Autor Principal: | Guevara Carranza, María Teresa del Pilar |
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Formato: | info:eu-repo/semantics/bachelorThesis |
Idioma: | spa |
Publicado: |
Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo
2018
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Materias: | |
Acceso en línea: |
http://tesis.usat.edu.pe/handle/usat/1118 |
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Sumario: |
El Estado necesita de dinero para poder desarrollar sus actividades y así satisfacer las necesidades de la población; gran parte de este dinero se obtiene mediante la recaudación de impuestos; es por eso que la potestad tributaria a diferencias de otras potestades solo puede ser ejercida por el poder legislativo. Esta potestad le permite al congreso crear, modificar, eliminar impuestos, así como otorgar beneficios tributarios. Los beneficios tributarios constituyen un tratamiento excepcional del Estado a un determinado grupo de la población, ya que permite que por un establecido tiempo no paguen tributos o estos sean reducidos. Los beneficios tributarios están basados en principios reconocidos constitucionalmente, estos son: legalidad y reserva de ley; los cuales tienen que ser respetados para su correcta creación y aplicación. En el sector educativo un beneficio tributario es el del crédito por reinversión, mediante el cual las universidades particulares pueden disminuir el pago del impuesto a renta siempre y cuando reinviertan sus utilidades en el mejoramiento de la institución. Este beneficio fue instituido por el Decreto Legislativo N° 882 y estuvo vigente desde el 01 de enero de 1997 al 31 de diciembre de 1999. A pesar de ello el Tribunal Constitucional a través de dos sentencias recaídas en los expedientes N° 04700-2011-PC/TC y N° 02053-2013-PA/TC, reconoció el crédito por reinversión a tres universidades particulares- Universidad Alas Peruanas, Universidad Privada del norte y Universidad de Ciencias Aplicadas- por los periodos de 1999 al 2011. Es objetivo de este trabajo demostrar que este reconocimiento del beneficio tributario vulnera los principios constitucionales de legalidad y reserva de ley tributaria, que guían la creación y aplicación del crédito por reinversión. |
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