“Análisis de los principales gastos no deducibles y su incidencia en la conciliación tributaria”

El objetivo de quienes administran y operan las diversas áreas de un negocio es que la empresa genere utilidades y sea rentable para socios y accionistas. Es por ello, que en la actualidad no es necesario conocer únicamente de finanzas, administración, contabilidad, ventas y marketing. Hoy en día es...

Descripción completa

Autor Principal: Merizalde Cárdenas, Karen Mishell
Formato: bachelorThesis
Idioma: Spanish / Castilian
Publicado: PUCE 2017
Materias:
Acceso en línea: http://repositorio.puce.edu.ec/handle/22000/12995
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Sumario: El objetivo de quienes administran y operan las diversas áreas de un negocio es que la empresa genere utilidades y sea rentable para socios y accionistas. Es por ello, que en la actualidad no es necesario conocer únicamente de finanzas, administración, contabilidad, ventas y marketing. Hoy en día es importante conocer sobre impuestos, su naturaleza, objetivo, correcta aplicación y la incidencia de los mismos. En el Ecuador la evasión fiscal es uno de los mayores problemas que debe enfrentar el sistema tributario, la cual causa efectos nocivos en la economía impidiendo el crecimiento económico del país. Por un lado el contribuyente aplica principios y técnicas contables que consisten en deducir los ingresos gravados, los costos y gastos que se requieren para obtener una utilidad o pérdida contable. Mientras que el Fisco, a través de la Ley de Régimen Tributario Interno y su Reglamento señalan que no todos los gastos son deducibles y por ende no pueden ser usados para obtener una utilidad o pérdida gravada, la cual es fundamental para la declaración, cálculo y pago del Impuesto a la Renta. La legislación de nuestro país es sumamente compleja y cambiante y para su dominio se necesita de capacitación constante y de conocimientos de la ley general de los impuestos y de otras leyes no tributarias que se relacionan directamente. De igual manera el conocimiento de la Conciliación Tributaria y su correcta aplicación, previa a la liquidación del Impuesto a la Renta.