“Reforma tributaria del impuesto a la renta por la aplicación de NIIF en la contabilidad ecuatoriana”

Dentro de la lista de impuestos con los que cuenta un sistema tributario, puede encontrarse el “Impuesto a la Renta” el mismo que dependiendo de la jurisdicción tendrá consideraciones y tratamientos diferentes, pero en muchos casos tomará un poco de información contable para su determinación. Si...

Descripción completa

Autor Principal: Cando Garzón, Janneth Paulina
Formato: masterThesis
Idioma: Spanish / Castilian
Publicado: PUCE 2017
Materias:
Acceso en línea: http://repositorio.puce.edu.ec/handle/22000/14136
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Sumario: Dentro de la lista de impuestos con los que cuenta un sistema tributario, puede encontrarse el “Impuesto a la Renta” el mismo que dependiendo de la jurisdicción tendrá consideraciones y tratamientos diferentes, pero en muchos casos tomará un poco de información contable para su determinación. Si la información contable constituye la base para la determinación del Impuesto a la Renta, es menester que las normativas tributarias consideren los conceptos contables existentes para establecer si los ingresos reportados constituyen ingresos gravados, no gravados o exentos; o para el caso de los gastos si éstos son deducibles o no deducibles; de manera que el contribuyente tenga claro cómo proceder al momento de realizar la respectiva conciliación tributaria. Sin embargo, es necesario aclarar que la normativa contable no puede en ninguna manera imponerse sobre una norma tributaria, pues no pueden siquiera tratarse de la misma manera. La normativa contable es creada por una entidad privada, de un país extranjero, que busca la razonabilidad de los estados financieros, mientras que la normativa tributaria es creada por organismos estatales que buscan establecer condiciones para la determinación de los impuestos en el país, sea con propósitos de recaudación u otros propios del establecimiento de los tributos. De la misma manera si la norma contable no puede imponerse a la tributaria, tampoco ésta última puede determinar los criterios de reconocimiento de una partida en los estados financieros, aun cuando indique que es para efectos tributarios, pues el concepto reconocimiento es netamente contable y en el caso del Impuesto a la Renta, está complemente vinculado a lo que indique la normativa tributaria. No se debe olvidar que para ello es que existe el concepto de conciliación tributaria. Esta disertación busca, por un lado, dar un sentido claro a la independencia que debe tener la normativa tributaria con respecto a las disposiciones contables; y por otro lado, proporcionar claridad para el tratamiento tributario de partidas contables sobre las cuales no existe una definición clara en la ley tributaria y sus reglamentos.