Ley orgánica de comunicación: Análisis del artículo 103 sobre la radiodifusión de la producción nacional.
La presente investigación pretende ser un medio de compresión y análisis del artículo 103 de la Ley de Comunicación, tratando de ubicar a los personajes más representativos de los sectores involucrados para socializar la información y comprobar cualitativamente si dicho artículo colabora al desarrol...
Autor Principal: | Mite Mejía, John Jairo |
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Formato: | bachelorThesis |
Idioma: | spa |
Publicado: |
2016
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Materias: | |
Acceso en línea: |
http://dspace.ups.edu.ec/handle/123456789/12614 |
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Sumario: |
La presente investigación pretende ser un medio de compresión y análisis del artículo 103 de la Ley de Comunicación, tratando de ubicar a los personajes más representativos de los sectores involucrados para socializar la información y comprobar cualitativamente si dicho artículo colabora al desarrollo de la industria musical ecuatoriana. La producción musical ha contribuido en gran medida al desarrollo de la cultura ecuatoriana, sin embargo el arte sonoro generado en el país tiene un bajo impacto en la sociedad. El fortalecimiento de los conocimientos por parte de artistas nacionales y cierta intervención de la empresa privada han colaborado a un avance mas no a un desarrollo total de la difusión; a pesar de aquellos esfuerzos por ubicar en un papel protagónico a la música nacional, aún se evidencian varias falencias que atentan contra la presencia de artistas ecuatorianos en los medios de comunicación, sobre todo radiales. En el año 2013 se aprueba y pone en marcha la Ley Orgánica de Comunicación (LOC), la cual señala en el artículo 103 que los temas nacionales y extranjeros deben contar con una participación del 50% respectivamente en la programación radial diaria. |
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