Consecuencias penales del terremoto de 2010

Chile es un país sísmico, de eso no hay duda; en la Región del Biobío hemos vivido 9 terremotos a lo largo de nuestra historia, ocho de ellos fueron seguidos por un maremoto. Desde 1960, Concepción había vivido una paz sísmica alterada sólo por sismos que nunca superaron los 4 grados en la escala de...

Descripción completa

Autor Principal: Friz Palavecino, Alondra
Otros Autores: Santander, Ana María
Formato: Thesis
Idioma: Spanish / Castilian
Publicado: Universidad Católica de la Santísima Concepción 2017
Materias:
Acceso en línea: http://repositoriodigital.ucsc.cl/handle/25022009/1133
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Sumario: Chile es un país sísmico, de eso no hay duda; en la Región del Biobío hemos vivido 9 terremotos a lo largo de nuestra historia, ocho de ellos fueron seguidos por un maremoto. Desde 1960, Concepción había vivido una paz sísmica alterada sólo por sismos que nunca superaron los 4 grados en la escala de Richter, pero ha visto un importante avance e incremento en las áreas urbanas y la población, siendo las circunstancias más importantes según la escala de Mercalli para evaluar la cantidad de destrucción que conlleva un terremoto, su magnitud y proximidad a una zona poblada, esta explosión demográfica es un detalle importante a la hora de evaluar las consecuencias sociales y, por lo tanto, jurídicas de esta catástrofe. A pesar de que Chile es un país constantemente expuesto a sismos, el terremoto del bicentenario nos sorprendió totalmente desprevenidos en todas las áreas que pudiéramos imaginar, dejando un saldo de más de 479 personas fallecidas y 497 desaparecidos, según las últimas cifras oficiales. Se produjeron también fenómenos sociales sin precedentes en eventos de similares características: el cese de los servicios básicos y las telecomunicaciones sumieron a la población en un espiral de pánico, sin más información que rumores entre vecinos, y para una sociedad como la de hoy, malcriada por el avance tecnológico, el miedo y el caos le ganó a la templanza que había tenido la población sacudida por anteriores terremotos, en que sólo hubo consecuencias civiles, a diferencia del terremoto en estudio, en que se vio vulnerado el bien jurídico más preciado por nuestra constitución, el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de las personas, debido a vicios de la construcción. También el derecho a la propiedad, en que cientos de comerciantes locales, empresas nacionales propietarias de supermercados y tiendas de retail vieron sus establecimientos de comercio y bodegas destruidos por los saqueos, lo que trajo consecuencias importantes en la economía nacional ya que estos actores son la mayor fuente de empleabilidad e impuestos. En consideración a estos hechos que marcaron un antes y un después en la vida de quienes lo vivieron o presenciaron, el objetivo principal de nuestra investigación será analizar aquel fenómeno que se dio por primera vez en nuestra historia sísmica: La aplicación del código penal para sancionar conductas originadas por el caos del terremoto.