Antagonismo entre el Indecopi y la Comunidad Andina de Naciones respecto a la responsabilidad de las aerolíneas por el retraso o cancelación de vuelos por eventos técnicos de mantenimiento

El presente trabajo analiza el criterio del INDECOPI respecto a la responsabilidad de las aerolíneas por las interrupciones de itinerario generadas por los eventos técnicos ajenos a los programas de mantenimiento. Así, se parte de la hipótesis que las aerolíneas no pueden prever dichos eventos y es...

Descripción completa

Autor Principal: Nuñez Minaya, Lourdes Mary Cielo
Formato: Trabajo académico de Segunda Especialidad
Idioma: Español
Publicado: Pontificia Universidad Católica del Perú 2018
Materias:
Acceso en línea: http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/131271
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Sumario: El presente trabajo analiza el criterio del INDECOPI respecto a la responsabilidad de las aerolíneas por las interrupciones de itinerario generadas por los eventos técnicos ajenos a los programas de mantenimiento. Así, se parte de la hipótesis que las aerolíneas no pueden prever dichos eventos y es por este motivo que la Decisión 619 los contempla como exoneración de responsabilidad (circunstancia imprevista). Esta tema reviste de una particular importancia en el sector aéreo, pues actualmente INDECOPI investiga de Oficio el incumplimiento de itinerario de más de cinco mil vuelos, siendo que la gran mayoría de éstos son generados por eventos técnicos de mantenimiento que para la autoridad de consumo no son eximentes de responsabilidad. Se concluye que el razonamiento del INDECOPI es circular y cerrado, pues no distingue los distintos tipos de fallas que se pueden presentar en el transporte aéreo lo cual podría acarrear consecuencias negativas para el Estado peruano por contradecir un tratado internacional.