Técnicas de interpretación que intervienen respecto a incompatibilidad de normas constitucionales y legales referente a la transacción extrajudicial provenientes de la sentencia casatoria N° 3065-2010 emitida por la corte suprema de justicia de Lima- Lima, 2016.
La tesis tuvo como objetivo general, determinar las Técnicas de Interpretación que intervienen respecto a incompatibilidad de normas constitucionales y legales, referentes al derecho de transacción extrajudicial, provenientes de la sentencia Casatoria N° 3065-2010 emitida por la corte suprema, de la...
Autor Principal: | Caceres Nuñez, Mario Jesus |
---|---|
Formato: | info:eu-repo/semantics/masterThesis |
Idioma: | spa |
Publicado: |
Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote
2017
|
Materias: | |
Acceso en línea: |
http://repositorio.uladech.edu.pe/handle/123456789/973 |
Etiquetas: |
Agregar Etiqueta
Sin Etiquetas, Sea el primero en etiquetar este registro!
|
Sumario: |
La tesis tuvo como objetivo general, determinar las Técnicas de Interpretación que intervienen respecto a incompatibilidad de normas constitucionales y legales, referentes al derecho de transacción extrajudicial, provenientes de la sentencia Casatoria N° 3065-2010 emitida por la corte suprema, de la Corte Suprema de Justicia de Lima-Lima. 2016. La investigación fue de tipo cuantitativo cualitativo; nivel exploratorio descriptivo y diseño no experimental; retrospectivo, y transversal. La recolección de datos se realizó, de un expediente seleccionado mediante muestreo por conveniencia, utilizando las técnicas de la observación, y el análisis de contenido, y una lista de cotejo, validado mediante juicio de expertos. La Línea de Investigación reveló dos propósitos, uno inmediato y el otro mediato; el primero, quedará satisfecho con el análisis de sentencia casatoria pertenecientes a procesos individuales concluidos, determinándose en cada estudio la técnica de interpretación ante la incompatibilidad de normas constitucionales y legales; mientras, que el segundo, propósito será contribuir a que los órganos supremos emitan una sentencia casatoria debidamente motivada. |
---|