Calidad de sentencias de primera y segunda instancia sobre nulidad del acto jurídico de compra venta y del documento que la contiene en el expediente N° 04238-2011-0-0401-JR-CI-06, del distrito judicial de Arequipa – Arequipa, 2018.
El presente trabajo de la Línea de Investigación ULADECH, al amparo un derecho atribuido a toda persona plasmado en el artículo 139 inciso 20 de la Constitución de 1993, ha sido realizado por tesista de la Escuela de Derecho que quiere contribuir con la mitigación de la desconfianza social para con...
Autor Principal: | Salas Zenteno, Carolina Elizabeth |
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Formato: | info:eu-repo/semantics/bachelorThesis |
Idioma: | spa |
Publicado: |
Universidad Católica los Ángeles de Chimbote
2018
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Materias: | |
Acceso en línea: |
http://repositorio.uladech.edu.pe/handle/123456789/3817 |
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Sumario: |
El presente trabajo de la Línea de Investigación ULADECH, al amparo un derecho atribuido a toda persona plasmado en el artículo 139 inciso 20 de la Constitución de 1993, ha sido realizado por tesista de la Escuela de Derecho que quiere contribuir con la mitigación de la desconfianza social para con nuestro Poder Judicial, respecto a la asertividad jurisprudencial de sus pronunciamientos (sentencias), validando u observando las mismas mediante un análisis de su contenido en contraposición con parámetros normativos, doctrinarios y jurisprudenciales existentes al respecto y momento.
El análisis del caso revisado corresponde al expediente N° 04238-2011-0-0401-JR-CI-06, del Distrito Judicial de Arequipa – Arequipa, cuyo proceso demandado es de “Nulidad del Acto Jurídico de Compra Venta y del documento que la contiene” por las causales de falta de manifestación de voluntad del agente, por contravenir las leyes de orden público y por fin ilícito en la compra venta del inmueble, donde luego de los actuados pertinentes en mérito a procedimientos y parámetros establecidos se determinó que la calidad de la parte expositiva, considerativa y resolutiva, pertenecientes a la sentencia de primera instancia fue de rango alta, mediana y alta y la de segunda instancia fue de rango: alto, baja y muy alta respectivamente, concluyéndose que en este proceso Judicial de casi 02 años y 5 meses se cumplió en forma regular con la función jurisdiccional, la misma que debe mejorar en cuanto a acuciosidad y pertinencia. |
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