Hacia una solución proporcional y tuitiva en los procesos de cuestionamiento de la paternidad en el Perú
Durante siglos la familia se centraba en los vínculos jurídicos derivados del matrimonio, pero ante los cambios sociales actuales se ha puesto en discusión la prevalencia entre los vínculos jurídicos y los vínculos biológicos, por ello, en países como Argentina, Chile, Ecuador y Colombia se han e...
Autor Principal: | Torreblanca Gonzales, Luis Giancarlo |
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Formato: | info:eu-repo/semantics/masterThesis |
Idioma: | Español |
Publicado: |
Pontificia Universidad Católica del Perú
2019
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Materias: | |
Acceso en línea: |
http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/134876 |
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Sumario: |
Durante siglos la familia se centraba en los vínculos jurídicos derivados del matrimonio,
pero ante los cambios sociales actuales se ha puesto en discusión la prevalencia entre
los vínculos jurídicos y los vínculos biológicos, por ello, en países como Argentina, Chile,
Ecuador y Colombia se han emitido sentencias que privilegian a la verdad biológica;
mientras que en otros casos, en estos mismos países se ha rechazado la demanda
porque se privilegió el estado de familia, la estabilidad emocional, la seguridad jurídica y
afectiva del niño o la relación socioafectiva. Situación que al parecer se encuentra más
definida en nuestro país, en donde a pesar de contar con normas legales muy restrictivas
para el cuestionamiento de la paternidad; no obstante, nuestros jueces han optado por la
defensa irrestricta del derecho a la verdad biológica, posición que no compartimos en la
presente investigación, en donde consideramos que debemos partir de la función tuitiva
reconocida en el Tercer Pleno Casatorio Civil para darle el enfoque humano que requiere
el proceso judicial de cuestionamiento de la paternidad, por otro lado, señalamos que no
hay un conflicto entre la verdad biológica con la filiación social, afectiva o de crianza, ya
que ambos forman parte de un mismo derecho fundamental que es el derecho a la
identidad. En tal sentido, el problema no puede solucionarse con la ponderación de alguno
de los derechos, sino que se debe buscar la solución en base al interés superior del niño/a
y adolescente, el cual nos obliga a escuchar/tomar en consideración la opinión de los
niños/as y adolescentes para garantizar que ellos sean tratados como sujetos de
derechos, además de analizar la posibilidad de que la búsqueda de la verdad biológica
no conlleve la aplicación de todos los derechos inherentes a la patria potestad y que se
pueda prolongar la obligación alimenticia hasta que el menor de edad encuentre a su
padre biológico |
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