Las playas en el Perú: los 50 metros de Línea de Alta Marea en la Costa Verde. Del Estado o de los particulares
El interés y cuidado por la zona de playa destinada al uso común de los ciudadanos en el Perú merece la atención por parte del Estado y los actores políticos comprometidos en la política pública existente sobre la materia. Aquella zona de playa común que es materia de investigación en la presente te...
Autor Principal: | Pérez-Palma Garreta, Milagros Ana María |
---|---|
Formato: | info:eu-repo/semantics/masterThesis |
Idioma: | Español |
Publicado: |
Pontificia Universidad Católica del Perú
2018
|
Materias: | |
Acceso en línea: |
http://tesis.pucp.edu.pe/repositorio/handle/123456789/9910 |
Etiquetas: |
Agregar Etiqueta
Sin Etiquetas, Sea el primero en etiquetar este registro!
|
Sumario: |
El interés y cuidado por la zona de playa destinada al uso común de los ciudadanos en el Perú merece la atención por parte del Estado y los actores políticos comprometidos en la política pública existente sobre la materia. Aquella zona de playa común que es materia de investigación en la presente tesis, compromete los 50 metros de Línea de Alta Marea (LAM) en todo el litoral peruano que es una zona de dominio público, inalienable e imprescriptible. Siendo tan extenso el litoral peruano, tomaremos como muestra de estudio el borde costero denominado “Costa Verde” en el cual a la fecha se vienen ejecutando construcciones indebidas sobre los 50mts de LAM, como el caso del Restaurante CALA, una de las tantas construcciones a lo largo de todo el litoral que viene dejando sin playa a los peruanos y favoreciendo los
intereses de los grupos de poder económico, generando una “cultura de transgresión” en términos de Francisco Durán. Por ello, la presente tesis tiene por objeto exponer el debilitamiento de las instituciones estatales en el Perú comprometidas en la política pública de los 50 metros de Línea de Alta Marea. Debilidad institucional que se plasma en su inoperancia. Con un Estado débil, debilitado y debilitable institucionalmente, fácilmente se impone una Cultura de Transgresión. Se pretende demostrar, cómo establecida claramente la política pública respecto de los 50 metros de LAM contemplada en leyes, qué específicamente señala que “las playas del litoral de la República son bienes de uso público, inalienables e imprescriptibles”, esta política no puede hacerse efectiva porque el Estado no asignó claramente las responsabilidades de su cumplimiento a las instituciones públicas encargadas de ponerla en ejecución, a su vez otorgó atribuciones sobre los temas vinculados a la política pública a varias de sus instituciones sin establecer entre ellos una jerarquía necesaria para que el último responsable pueda lograr el cumplimiento de la política establecida; así mismo, los procedimientos para garantizar el cumplimiento de la política se muestran confusos y facilitan que ocurra el incumplimiento y finalmente, los mecanismos correctivos instaurados para que el incumplimiento de la política
se enmienden o sancione, tienen poca posibilidad de cumplimiento. Ante este panorama de gobernanza estatal, intereses particulares terminan prevaleciendo sobre el interés público. Las decisiones privadas contrarias a la política pública establecida, permanecen impunes, demostrando la incapacidad del Estado. |
---|