Historia clínica optométrica : documento obligatorio
En la práctica clínica diaria, el optómetra colombiano debe regirse por la legislación vigente, es así como, en cumplimiento del Código de Ética óptometrica y de las Resoluciones 1995 de 1999 y 1715 de 2005, se le obliga a implementar el documento de la historia clínica con criterios claros de const...
Autor Principal: | Rubio Rincón, Gina |
---|---|
Formato: | info:eu-repo/semantics/article |
Idioma: | spa |
Publicado: |
Universidad de La Salle. Revistas. Ciencia y Tecnología para la Salud Visual y Ocular.
2007
|
Materias: | |
Acceso en línea: |
http://revistas.lasalle.edu.co/index.php/sv/article/view/1536 |
Etiquetas: |
Agregar Etiqueta
Sin Etiquetas, Sea el primero en etiquetar este registro!
|
Sumario: |
En la práctica clínica diaria, el optómetra colombiano debe regirse por la legislación vigente, es así como, en cumplimiento del Código de Ética óptometrica y de las Resoluciones 1995 de 1999 y 1715 de 2005, se le obliga a implementar el documento de la historia clínica con criterios claros de construcción y almacenamiento, de tal forma que, el profesional, el equipo de salud y el paciente entiendan la importancia del manejo de un expediente único, con el registro de la totalidad de las condiciones de salud del paciente, permanentemente accesible y con la rigurosidad debida de reserva y privacidad. También reviste gran importancia, en nuestro quehacer diario, la historia clínica como el documento legal para los organismos de justicia y ética, soporte para dirimir los procesos entre los profesionales, los equipos de salud y los pacientes, basando todas las determinaciones en el contenido de la misma. No olvidando que el prestador del servicio de salud es el directamente responsable de garantizar la inalterabilidad del documento, cumpliendo con las condiciones ideales para el manejo documental y asistencial de dichos expedientes. Con todo lo anterior, no queda duda de la importancia del manejo adecuado de la historia clínica optométrica en los servicios de salud visual y ocular, como requisito y soporte legal de los actos profesionales en salud. |
---|