Las entidades del estado pueden liquidar de manera bilateral un contrato pasados los treinta (30) meses del término de caducidad de la acción si hay acuerdo de voluntades
por: Herrera Mondragón, Bibiana Marcela
Publicado: (2018)
LA NUEVA ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO EN PERÚ Y SU COMPARACIÓN CON LA COLOMBIANA
El objeto y finalidad de esta acción es otorgarle a toda persona, natural o jurídica, e incluso a los servidores públicos, la posibi- lidad de acudir ante la autoridad judicial para exigir la realización o el cumplimiento del deber que surge de la ley o del acto administrativo y que es omitido por l...
Guardado en:
Autor Principal: | Olano García, Hernán Alejandro; Universidad de la Sabana |
---|---|
Formato: | info:eu-repo/semantics/article |
Idioma: | spa |
Publicado: |
Editorial Pontificia Universidad Javeriana y Facultad de Ciencias Jurídicas
2005
|
Materias: | |
Acceso en línea: |
http://revistas.javeriana.edu.co/index.php/internationallaw/article/view/14096 |
Etiquetas: |
Agregar Etiqueta
Sin Etiquetas, Sea el primero en etiquetar este registro!
|
Ejemplares Similares
-
Las entidades del estado pueden liquidar de manera bilateral un contrato pasados los treinta (30) meses del término de caducidad de la acción si hay acuerdo de voluntades
por: Herrera Mondragón, Bibiana Marcela
Publicado: (2018) -
Análisis de la garantía única de cumplimiento y su comparación con el seguro de cumplimiento en el derecho privado
por: Liévano Gómez, Cristina
Publicado: (2015) -
¿PODRÁN LAS ACCIONES POPULARES COLOMBIANAS SOBREVIVIR A LOS RECIENTES ATAQUES LEGISLATIVOS Y JURISPRUDENCIALES?
por: Londoño Toro, Beatriz; Universidad del Rosario
Publicado: (2012) -
Procedencia de la acción de tutela contra actos administrativos
por: Gutierrez Silva, Jose Ignacio
Publicado: (2019) -
LUCES Y SOMBRAS EN TORNO A LA REGULACIÓN JURÍDICA DE LA FILIACIÓN EN CUBA
por: Pérez Gallardo, Leonardo B.; Sociedad del Notariado Cubano
Publicado: (2011)