Los delitos de tenencia en la legislación ecuatoriana

El tema de la presente investigación es “Los delitos de tenencia en la legislación ecuatoriana”. El Derecho Penal recoge entre sus clasificaciones a los delitos de peligro abstracto, dentro de los cuales se encuentran los llamados delitos de tenencia, mismos sobre los cuales se ha despertado una di...

Descripción completa

Autor Principal: Olivo Palma, Ramiro
Formato: bachelorThesis
Idioma: spa
Publicado: Pontificia Universidad Católica del Ecuador 2015
Materias:
Acceso en línea: http://repositorio.puce.edu.ec/handle/22000/6950
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Sumario: El tema de la presente investigación es “Los delitos de tenencia en la legislación ecuatoriana”. El Derecho Penal recoge entre sus clasificaciones a los delitos de peligro abstracto, dentro de los cuales se encuentran los llamados delitos de tenencia, mismos sobre los cuales se ha despertado una discusión doctrinaria al ser infracciones en las que la simple posesión de objetos determinados constituye un delito. Resulta complejo entender como la mera tenencia de algo que en sí no perjudica a nadie recibe la categorización de un delito consumado. El Derecho Penal sanciona acciones u omisiones, mismas que se caracterizan por ser voluntarias, donde un hacer o no hacer lesiona un bien jurídico protegido. En el caso de los delitos de tenencia, se sanciona “tener” algo, verbo que parecería expresar una actividad. No obstante, dentro del uso lingüístico del mismo es posible entenderlo de otras formas. Sin perjuicio de lo anotado, el legislador al incriminar el “tener” algo, aparentemente ha concebido a la tenencia como una forma de actuar. Las infracciones que se revisarán en el presente estudio son la tenencia de armas de fuego, de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, de pornografía infantil y de animales peligrosos. Los delitos de tenencia citados en el párrafo precedente deben recibir una valoración diferente en atención a lo que se posee. Resulta distinto detentar una pistola calibre treinta y ocho que un gramo de marihuana; y, el daño que recibirá la sociedad (de recibirlo) variará si nos encontramos en la esfera de la tenencia o la abandonamos y estos ilícitos se convierten en un delito de daño por una acción futura que se realizare. La tipificación de los “delitos de tenencia” atendiendo a los principios del Derecho Penal es un tema a ser revisado, mismo sobre el cual se determinará la conveniencia o no de introducir o mantener estos tipos penales en la legislación ecuatoriana.