El principio de tipicidad como límite en la labor de tipificación de sanciones delegada a la administración pública

La posibilidad de colaboración reglamentaria que ofrece el Poder Ejecutivo al Poder Legislativo en la labor de tipificación de sanciones, no admite un ejercicio sin límites; por el contrario, exige el respeto por los principios recogidos en la norma que regula el procedimiento administrativo sancion...

Descripción completa

Autor Principal: Serva Cárdenas, Jimena Michelle
Formato: Trabajo académico de segunda especialidad
Idioma: Español
Publicado: Pontificia Universidad Católica del Perú 2018
Materias:
Acceso en línea: http://tesis.pucp.edu.pe/repositorio/handle/123456789/11776
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Sumario: La posibilidad de colaboración reglamentaria que ofrece el Poder Ejecutivo al Poder Legislativo en la labor de tipificación de sanciones, no admite un ejercicio sin límites; por el contrario, exige el respeto por los principios recogidos en la norma que regula el procedimiento administrativo sancionador. El presente trabajo académico tiene por objetivo describir uno de estos -el principio de tipicidad- como límite a la tipificación de sanciones administrativas y proponer argumentos que lleven a cuestionar el tipo de normas que materializan esta regulación cuando es encomendada a la Administración Pública. El análisis de este tema es relevante, toda vez que, en nuestro país, los reglamentos son los cuerpos normativos más abundantes y frecuentemente utilizados para hacer posible la aplicación de la ley en materia sancionadora, herramienta que la Administración ha utilizado sin reparar en el respeto por los presupuestos contenidos en el principio de tipicidad (situación que se refleja en la emisión de, por ejemplo, Resoluciones de Presidencia de Consejo Directivo de organismos reguladores que contienen tipificación de sanciones). Para el desarrollo del presente trabajo, se ha consultado bibliografía que ha abordado el tema y del análisis de esta, se concluye que si bien es posible tipificar sanciones mediante reglamento, el marco normativo vigente prevee al Decreto Supremo como la norma de rango reglamentario mediante el cual se debe realizar la labor de tipificación de sanciones administrativas en tanto, por sus características, privilegia el respeto por los derechos de los administrados.