El procedimiento sancionador en la contratación estatal y su repliegue ante un proceso arbitral o judicial

La presente investigación es importante porque permitirá determinar si en los casos de suspensión, los procedimientos sancionadores cumplen su finalidad o si por lo contrario con la suspensión se desvirtúa la razón de ser de dicho procedimiento, así como, podrá plantearse una alternativa para que...

Descripción completa

Autor Principal: Reyes Egoavil, Aura Luz
Formato: Tesis de Maestría
Idioma: Español
Publicado: Pontificia Universidad Católica del Perú 2017
Materias:
Acceso en línea: http://tesis.pucp.edu.pe/repositorio/handle/123456789/8514
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Sumario: La presente investigación es importante porque permitirá determinar si en los casos de suspensión, los procedimientos sancionadores cumplen su finalidad o si por lo contrario con la suspensión se desvirtúa la razón de ser de dicho procedimiento, así como, podrá plantearse una alternativa para que la suspensión se restrinja a los casos y tiempos estrictamente necesarios. El primer capítulo tiene como objeto establecer la finalidad del procedimiento administrativo sancionador en las contrataciones con el Estado y el interés jurídico protegido a través de dicho procedimiento; así como, situar la protección del interés protegido dentro de su origen que es el contrato. Para ello las preguntas relevantes que se tratarán de resolver en este trabajo y que nos permitirán arribar a nuestras conclusiones finales serán, entre otras: a) ¿Cuál es la finalidad y justificación del procedimiento sancionador en sede administrativa dentro de la normativa de contrataciones del Estado?, b) ¿Cuál es interés jurídico que el Estado pretende proteger a través del procedimiento administrativo sancionador a cargo del Tribunal de Contrataciones del Estado? y c) ¿Existe otro mecanismo ante el incumplimiento contractual además del procedimiento sancionador que pueda evitar el incumplimiento o preservar la ejecución del contrato? Al finalizar el primer capítulo estaremos en condiciones de afirmar que la finalidad del procedimiento sancionador se ve afectada por la suspensión del procedimiento y que el interés protegido sólo logra satisfacerse con la ejecución debida del contrato y no con la sanción impuesta.