Gastos de desarrollo y su deducibilidad tributaria en la determinación de la renta neta empresarial imponible en el Perú: caso sector minero, 2017

La presente investigación tuvo como objetivo general: describir los gastos de desarrollo, realizados por los titulares de la actividad minera, y determinar su deducibilidad tributaria para la determinación de la renta neta imponible. El estudio fue descriptivo y con enfoque cualitativo, se limitó a...

Descripción completa

Autor Principal: Muñoz Zambrano, Elsa
Formato: info:eu-repo/semantics/masterThesis
Idioma: spa
Publicado: Universidad Católica los Ángeles de Chimbote 2018
Materias:
Acceso en línea: http://repositorio.uladech.edu.pe/handle/123456789/2441
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Sumario: La presente investigación tuvo como objetivo general: describir los gastos de desarrollo, realizados por los titulares de la actividad minera, y determinar su deducibilidad tributaria para la determinación de la renta neta imponible. El estudio fue descriptivo y con enfoque cualitativo, se limitó a la investigación de datos consultados; el método de investigación aplicado fue la revisión bibliográfica y documental, el escenario del estudio tuvo alcance nacional e internacional según la procedencia de la bibliografía obtenida. Las principales conclusiones son: primero, no se encontró definido el concepto de Gastos de Desarrollo en la LIR, ni como corresponde en la LGM, por lo que el legislador debe efectuar una definición precisa mediante lista enunciativa y así evitar que el titular de la actividad minera incurra en gastos que corresponden a otra naturaleza; segundo, no se encontró norma específica que señale a partir de qué ejercicio se deben reconocer los gastos de desarrollo y cuáles son las implicancias tributarias en dicho reconocimiento, para aquellos titulares de un proyecto minero o más de uno que aún no inicia etapa productiva; tercero que no se encontró pronunciamiento expreso por parte de la Administración Tributaria y el Tribunal Fiscal respecto a que si la amortización es de carácter lineal o no; cuarto, los Gastos de Desarrollo fueron deducidos tributariamente, para que el inversionista alcance la etapa de producción; sin embargo, los aspectos vinculados a la concesión minera tuvieron diversas interpretaciones y generaron contingencias.