Calidad de sentencias de primera y segunda instancia, sobre obligaciòn de dar suma de dinero, expediente Nº 00337-2011-0-2402-JP-CI-01, del distrito judicial de Ucayali-Coronel Portillo-2016.

La investigación tuvo como objetivo general determinar la calidad de las sentencias de primera y segunda instancia sobre Obligación de dar suma de dinero, según los parámetros normativos, doctrinarios y jurisprudenciales pertinentes, en el expediente N° 00337-2011-02402-JP-CI-01, del Distrito Judic...

Descripción completa

Autor Principal: Pérez Guimaraes, Mirna
Formato: info:eu-repo/semantics/bachelorThesis
Idioma: spa
Publicado: Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote 2017
Materias:
Acceso en línea: http://repositorio.uladech.edu.pe/handle/123456789/454
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Sumario: La investigación tuvo como objetivo general determinar la calidad de las sentencias de primera y segunda instancia sobre Obligación de dar suma de dinero, según los parámetros normativos, doctrinarios y jurisprudenciales pertinentes, en el expediente N° 00337-2011-02402-JP-CI-01, del Distrito Judicial Ucayali-Pucallpa-2016. Es de tipo cuantitativo cualitativo, nivel exploratorio descriptivo y diseño transeccional, retrospectivo y no experimental; para la recolección de datos se seleccionó un expediente judicial de proceso concluido, aplicando el muestreo no probabilístico denominado técnica por conveniencia; se utilizó las técnicas de la observación y el análisis de contenido y se aplicó listas de cotejo elaborado y aplicado de acuerdo a la estructura de la sentencia, validado mediante juicio de expertos. Obteniéndose los siguientes resultados de la parte expositiva, considerativa y resolutiva; de la sentencia de primera instancia se ubicaron en el rango de: muy alta, muy alta y muy alta; y de la sentencia de segunda instancia en, alta, muy alta y muy alta calidad, respectivamente. Finalmente, las conclusiones son: la sentencia de primera instancia se ubica en el rango de muy alta calidad, y la sentencia de segunda instancia en el rango de muy alta calidad, respectivamente.