Cesión del derecho de imagen de los deportistas profesionales ecuatorianos enmarcado en el Régimen de Propiedad Intelectual del Ecuador
El Ecuador es considerado como un país que se mantiene a la vanguardia en el tema de derechos, garantizándolos mediante la creación, la optimización de legislación pertinente y la adhesión a tratados internacionales que permiten la extensión de dicha garantía, es trascendental hacer hincapié que al...
Autor Principal: | Muñoz Neira, Daniel Steven |
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Formato: | bachelorThesis |
Idioma: | Spanish / Castilian |
Publicado: |
PUCE-Quito
2019
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Materias: | |
Acceso en línea: |
7887 |
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Sumario: |
El Ecuador es considerado como un país que se mantiene a la vanguardia en el tema de derechos, garantizándolos mediante la creación, la optimización de legislación pertinente y la adhesión a tratados internacionales que permiten la extensión de dicha garantía, es trascendental hacer hincapié que al Estado ecuatoriano se ha olvidado de los derechos que nacen con la propiedad inmaterial porque la protección constitucional no alcanza a la protección de la explotación económica del derecho de imagen, al interior del derecho constitucional se ha identificado que la protección de la imagen, el uso , los derechos las obligaciones es una materia enfocada al Derecho Civil y Mercantil que debe resolverse por sus propios cauces, siempre teniendo como punto de partida y conexión la propia ley orgánica que lo estipula.
La constitución ecuatoriana en el articulo 66.18 hace énfasis a la protección de la imagen, la voz de la persona pese a la presencia de esta normativa hasta la fecha no se ha identificado una legislación específica sobre la cesión de derechos de imagen pese a que existen algunas aisladas al interior de la Ley de Propiedad Intelectual sobre el uso de las imágenes de las personas en retratos, bustos, esculturas, meras fotografías y obras fotográficas.
El propósito de la presente investigación es analizar la naturaleza jurídica del derecho de la imagen porque la regulación del derecho de la persona a su imagen comercial no es reconocida como dimensión constitucional de protección de un derecho fundamental, sino que se asimila a un derecho ordinario de naturaleza civil, posteriorme se busca analizar cuáles son los derechos de imagen al interior del deporte profesional a nivel nacional e internacional empleando el contenido de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la legislación argentina, Chilena. |
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