INTERVENCIÓN MILITAR COMO PUNTO DE CONTENCIÓN EN LAS RELACIONES TRANSATLÁNTICAS
La invasión aliada de Irak muestra marcadas discrepancias con relación al derecho internacional público en las relaciones transatlánticas. Hay en particular percepciones distintas del uso de la fuerza militar y su posible justificación. La mayoría de los Estados miembros de la Unión Europea (“la Eur...
Autor Principal: | Herdegen, Matthias; Universidad de Bonn |
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Formato: | info:eu-repo/semantics/article |
Idioma: | eng |
Publicado: |
Editorial Pontificia Universidad Javeriana y Facultad de Ciencias Jurídicas
2007
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Materias: | |
Acceso en línea: |
http://revistas.javeriana.edu.co/index.php/internationallaw/article/view/13965 |
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Sumario: |
La invasión aliada de Irak muestra marcadas discrepancias con relación al derecho internacional público en las relaciones transatlánticas. Hay en particular percepciones distintas del uso de la fuerza militar y su posible justificación. La mayoría de los Estados miembros de la Unión Europea (“la Europa antigua”) rechaza conceptos bastante audaces de la auto-defensa en ausencia de una amenaza tangible, de la ejecución unilateral de resoluciones del Consejo de Seguridad o del llamado cambio de régimen como título de intervención. Finalmente hay diferencias entre los Estados europeos y la actual administración de Estados Unidos sobre el tratamiento de miembros de organizaciones “enemigas-no estatales” en un conflicto armado. Sin embargo, falta resaltar que Estados Unidos y los países de la Unión Europea comparten una base común: ambos lados fundamentan su política exterior y de defensa en el reconocimiento del derecho internacional público y su normatividad vinculante respecto de las opciones políticas. Ambas partes reconocen la prioridad del Consejo de Seguridad para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacional. La intervención de varios miembros europeos de la OTAN y de Estados Unidos en el conflicto del Kosovo, se basa en la justificación común de la intervención humanitaria en casos de genocidio y de similares violaciones masivas de derechos humanos. Persisten diferencias importantes en la justificación de la autodefensa preventiva en las doctrinas de seguridad de la Unión Europea y de Estados Unidos. Los cinco criterios para la intervención colectiva (relativos al Consejo de Seguridad) propuestos por el “Panel de Alto Nivel” con miras a la reforma de la ONU podrían servir como base común para una intervención unilateral, si el Consejo de Seguridad no logra cumplir de manera efectiva su responsabilidad según la Carta de la ONU. |
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