El consentimiento en las relaciones contractuales persona - máquina

Durante años juristas y doctrinantes han coincidido al definir el contrato como un acuerdo de dos o más personas que conlleva al surgimiento de obligaciones y como consecuencia, efectos jurídicos, el cual, ha sido regulado en Colombia por el Código Civil (Ley 57 de 1887), que expresamente señala en...

Descripción completa

Autor Principal: Rodríguez Lozada, María Camila
Formato: Formación de Recurso Humano para la Ctel: Trabajo de grado de Pregrado
Idioma: spa
Publicado: Universidad Santo Tomás 2019
Materias:
Acceso en línea: Rodríguez, M.(2019). El consentimiento en las relaciones contractuales persona - máquina.Tesis de pregrado, Universidad Santo Tomás, Villavicencio.
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Sumario: Durante años juristas y doctrinantes han coincidido al definir el contrato como un acuerdo de dos o más personas que conlleva al surgimiento de obligaciones y como consecuencia, efectos jurídicos, el cual, ha sido regulado en Colombia por el Código Civil (Ley 57 de 1887), que expresamente señala en su artículo 1502 unos requisitos necesarios para llegar a obligarse en una relación contractual, como lo son: 1) capacidad legal, 2) ausencia de vicios en el consentimiento, 3) que recaiga sobre un objeto lícito, y finalmente 4) La existencia de una causa lícita. Dichas exigencias fueron adoptadas por nuestro ordenamiento jurídico de la teoría general de los contratos, sin embargo, debe tenerse en cuenta que el derecho se caracteriza por ser dinámico y cambiante, muchos de los conflictos que en la actualidad son eje de discusión ni siquiera fueron previstos por el legislador, por lo cual resulta necesario contextualizar el desarrollo contractual a los factores económicos y sociales, protagonistas en la nueva era tecnológica.