Consentimiento previo a la expedición del acto administrativo particular

En la aplicación de los actos administrativos particulares cuando hay una modificación de una situación jurídica al administrado, y se haya encontrado un error que no se ciñe a lo que contempla el artículo 93 de la Ley 1437 del 2011 frente a la Revocatoria Directa, se hace necesario obtener el conse...

Descripción completa

Autor Principal: Rodríguez Palacios, Juan José
Otros Autores: Gonzalez Castillo, Carlos Duvan, Martinez Medina, Sergio
Formato: Formación de Recurso Humano para la Ctel: Trabajo de grado de pregrado
Idioma: spa
Publicado: Universidad Santo Tomás 2018
Materias:
Acceso en línea: Gonzalez Castillo, C. D., y Martinez Medina, S. (2018). Consentimiento previo a la expedición del acto administrativo particular
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Sumario: En la aplicación de los actos administrativos particulares cuando hay una modificación de una situación jurídica al administrado, y se haya encontrado un error que no se ciñe a lo que contempla el artículo 93 de la Ley 1437 del 2011 frente a la Revocatoria Directa, se hace necesario obtener el consentimiento de revocatoria del administrado, según el artículo 97 de la misma Ley. Si se trata de un acto administrativo favorable al beneficiado, y este no quiere dar su consentimiento se debe recurrir a la jurisdicción Contenciosa Administrativa por medio de una Acción de Lesividad, congestionando aún más el aparato judicial.