LA CONDICIÓN JURÍDICA DEL PARTICULAR QUE EJERCE FUNCIONES PÚBLICAS Y SU RESPONSABILIDAD PENAL
Al estudiar el título XV del Código Penal, referente a los ‘Delitos contra la Administración Pública’, se requiere en la mayoría de los tipos allí encontrados, a un servidor público como sujeto activo calificado, exigiéndose también que este haya cometido la conducta en ejercicio de sus funciones o...
Autor Principal: | López-Zamora, Sergio Andrés |
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Formato: | info:eu-repo/semantics/article |
Idioma: | spa |
Publicado: |
Universidad Santo Tomas de Aquino Seccional Tunja
2015
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Materias: | |
Acceso en línea: |
http://revistas.ustatunja.edu.co/index.php/piuris/article/view/926 |
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Sumario: |
Al estudiar el título XV del Código Penal, referente a los ‘Delitos contra la Administración Pública’, se requiere en la mayoría de los tipos allí encontrados, a un servidor público como sujeto activo calificado, exigiéndose también que este haya cometido la conducta en ejercicio de sus funciones o por razón o con ocasión a ellas. Por ello, el artículo 20 del Código Penal establece quiénes son servidores públicos para la ley penal, incluyéndose al particular que ejerza funciones públicas de manera permanente o transitoria, dejando abierta esta posibilidad asimilativa. |
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