Delito de terrorismo en el Ecuador: análisis desde los principios del garantismo penal aplicados a la norma y al caso “los 10 de Luluncoto”
La presente disertación busca analizar la teoría del garantismo penal, desde dos dimensiones, la primera la teoría misma del garantismo penal vista desde la dogmática y la segunda su aplicación al delito de terrorismo en el Ecuador, a través del análisis a un caso concreto que por su trascendenci...
Autor Principal: | Jiménez Roche, Andrea Isabel |
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Formato: | bachelorThesis |
Idioma: | Spanish / Castilian |
Publicado: |
PUCE
2017
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Materias: | |
Acceso en línea: |
http://repositorio.puce.edu.ec/handle/22000/12334 |
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Sumario: |
La presente disertación busca analizar la teoría del garantismo penal, desde dos dimensiones,
la primera la teoría misma del garantismo penal vista desde la dogmática y la segunda su
aplicación al delito de terrorismo en el Ecuador, a través del análisis a un caso concreto que
por su trascendencia y relevancia social, da un aporte significativo a esta investigación. La
teoría del garantismo en el Ecuador, se ha venido aplicando de manera general desde la
vigencia de la Constitución del 2008, la cual buscaba una amplia protección de los derechos
fundamentales por medio de garantías enfocadas a este fin, es así que en base a esta idea
constitucional, se podría hablar de una expansión de la idea garantista hacia otras normas.
Tal es el caso de la normativa penal ecuatoriana, la cual acabó de atravesar un importante
proceso de cambio. El 10 de Febrero del 2014 entró en vigencia el Código Orgánico Integral
Penal, el cual no solo recopila el anterior Código Penal, también incluye el Código de
Procedimiento Penal en un solo cuerpo normativo. Se debe entender al derecho penal a través
de una doble finalidad, la prevención de delitos y la prevención de penas arbitrarias, por lo
tanto se ve al derecho penal como un limitante del Poder Punitivo del Estado.
Se entiende por esta razón que el Derecho Penal y su aplicación, deben ser la última opción a
la que debe recurrir el estado para asegurar que no se cometan delitos, y si es que estos se
comenten, sean penados después de que los imputados atraviesen un proceso penal el cual
deba tener todas las seguridades y garantías necesarias para que este sea legal y eficaz, sin que
se entienda a la pena como un castigo, sino más bien como un mecanismo de prevención, en
el cual se otorga una pena de acuerdo al delito cometido y el grado de culpabilidad.
Luigi Ferrajoli estructuró la teoría del garantismo penal, teoría que busca justificar la
existencia del derecho penal, con la finalidad de reducir, minimizar la cantidad y calidad de la
violencia que existe en la sociedad, no solo la violencia cuando se comete el delito, sino la
violencia en la reacción ante el cometimiento de un delito. El derecho penal se justifica solo si
logra ser un instrumento de defensa y garantía de todos, es decir se justifica el uso del poder
punitivo, solo si se satisfacen efectivamente las garantías de las que este está dotado, y
siempre que los sistemas de control no penal, sean ineficaces. |
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