“Lo peligroso, ilegítimo e innecesario en la tipificación del delito de la mala práctica profesional en el caso de los médicos según el Código Orgánico Integral Penal”
La vigencia del Nuevo Código Orgánico Integral Penal (COIP), en la sistema jurídico del país, trajo consigo algunas novedades acerca de la tipificación de delitos que hasta ese entonces no se hallaban tipificados en la ley penal, si bien en la legislación anterior existía la tipificación del deli...
Autor Principal: | Vargas Villagrán, Diana Alejandra |
---|---|
Formato: | Thesis |
Idioma: | Spanish / Castilian |
Publicado: |
PUCE
2017
|
Materias: | |
Acceso en línea: |
http://repositorio.puce.edu.ec/22000/13025 |
Etiquetas: |
Agregar Etiqueta
Sin Etiquetas, Sea el primero en etiquetar este registro!
|
Sumario: |
La vigencia del Nuevo Código Orgánico Integral Penal (COIP), en la sistema jurídico del país,
trajo consigo algunas novedades acerca de la tipificación de delitos que hasta ese entonces no
se hallaban tipificados en la ley penal, si bien en la legislación anterior existía la tipificación
del delito del homicidio inintencional (artículo 459) que se aplicaba al caso de la muerte de
una persona como consecuencia de un acto médico negligente ,se incluyó la tipificación
particularizada del homicidio culposo por mala práctica profesional con el tipo agravado por
acciones peligrosas, innecesarias e ilegítimas (artículo 146) en el COIP, ante el creciente
aumento de casos de esta naturaleza, seguidos por una cobertura mediática que propiciaron
una presión pública en la legislatura, para su incorporación en la nueva ley penal como un
delito específico. Ello trajo consigo la polémica de esta tipificación, especialmente en el caso
de los médicos, pues por la naturaleza propia de su profesión, ésta corre riesgos en la salud e
integridad física de los pacientes como consecuencia de la práctica de un acto médico en ellos.
En virtud de lo expuesto se pretende mediante el presente trabajo analizar el contenido y
alcance jurídico del artículo 146 del COIP, así como los elementos que se consideran en esta
norma especialmente el tipo agravado de las acciones peligrosas, innecesarias e ilegítimas,
para determinar la responsabilidad culposa de los médicos en los casos de una eventual mala
práctica profesional. |
---|